El 8 de
marzo de 1826 el agrimensor Fortunato Lemoine se hace cargo del expediente
por el que el señor Diego Barrutti solicita en enfiteusis, un terreno que
habiéndolo denunciado ante el Instituto Topográfico pretenedía se le
concediera.
El 20 de enero de 1838, por facultad que le acuerda la Ley del 10 de mayo
de 1838, el Estado vende a Don Diego Barrutti el terreno que su apoderado
Don Raimundo Prat ha solicitado comprar y que posee en enfiteusis, según
escritura del 18 de diciembre de 1826, en la suma de $3.750,00 en que el
mismo Departamento Topográfico regula con arreglo a la preciada Ley.
El comprador deberá ingresar en la tesorería al contado como lo propone.
Esta escritura es firmada por Rosas y refrendada por Manuel Insiarte, en
Buenos Aires el 2 de marzo de 1838. Fue un error esta venta pues lo
terrenos en cuestión eran de propiedad privada, o sea que Barrutti lo
adquiere en dos oportunidades sin recibir indemnización del Estado, esto
figura en los títulos.
El 10 de diciembre de 1838 Don Juan Carlos Baratta vende derechos y
acciones de estos mismos terrenos a Don Diego Barrutti, éste lo obtuvo
por compra a Juana y Rosa Feran, que a su vez lo obtuvieron por sucesión
del difunto padre, quien lo hereda de sus antepasados, Don Justo Cruz y
Don Martínez (ilegibles) terrenos que fueron medidos en 1793 por el
Agrimensor Manuel Osores. El total de la superficie que así le
perteneció a Don Diego Barruti fue de 4.224 hectáreas 99 áreas y 13
centeáreas según mensura del año 1888.
Parte de este campo perteneció a la merced de tierra que en su momento el
Gobernador de Buenos Aires, Esteban Davila y Enríquez concedió en
título de merced de terreno públicos al Capitán Don Manuel Gómez de
Zaravía, que más tarde pasaron a propiedad de Don Francisco Perez
Millán.
En las posteriores ventas y cambios de dominio nunca apareció un reclamo
de estas tierras y si de las que ocupa la planta urbana de Salto.
Los herederos de don Diego Barrutti venden esta propiedad, adquiriéndola
el Dr. Benito Villanueva, quien manifiesta en el juzgado que la compra la
hizo en sociedad con los señores Mallman y Cia., pero que teniendo un
acuerdo privado con dicha firma pide se le escriture a dicha sociedad.
Esta firma se presenta ante el Ministerio Público pidiendo se le conceda
autorización para proceder al ensanche del Ejido de Salto, en su
propiedad.
El superior Gobierno considerando:
Que los propósitos de la solicitud son muy
laudables, desde que tienden a entregarse a las labores agrícolas una
extensión de terrenos que será adjudicada en la forma más
equitativa al mayor número de personas.
Que con ello los recurrentes coadjugan a los fines de
la Ley de Centros Agrícolas, RESUELVE:
l) Autorizar el ensanche que se proyecta para el
Ejido del pueblo de Salto, por los señores Mallman y Cia. en terrenos
de su propiedad, compuesto de una extensión de 4.224ha.
2) Aprobar el plano de F2 en que se señala la forma
de ese ensanche, así como la división en quintas y chacras del
terreno.
Firman: Máximo Paz, Gobernador; Manuel Gonnet,
Ministro.
En abril de 1889 el Departamento de Ingenieros da instrucciones al
agrimensor Angel Etcheverry para practicar la mensura y
amojonamiento del Centro Agrícola de los señores Mallman y Cia. en el
pueblo de Salto.
En lo general la traza se sujetará en lo que sea
posible y lo permita la figura y la topografía del terreno, a las
designaciones del plano oficial proyectado por este Departamento y
aprobado por el Superior Gobierno, debiendo trazar las calles
generales de 15 metros y el bulevar de circunvalación de 20.
Las chacras no podrán ser mayores de 100has. ni
menos de 20has.; y se deberán dejar en los parajes más adecuados las
reservas para Escuela, Policía, etc., que indica el plano oficial ya
citado.
Luego de procederse a la venta de algunos lotes, a raíz
de una exigencia de fecha 9 de marzo de 1890, de que se hagan las reservas
y no habiéndose presentado los señores Mallman y Cia. , a dar
cumplimiento a lo dispuesto, queda sin efecto el ensanche del Ejido de
Salto.
Posteriormente estas tierras son vendidas al señor Marcelino Ugarte y
éste una vez redondeado el campo lo vende a la señora Sara C. C. Guillen
de Estrugamou con una superficie de 3.656 has., 92 áreas y 02
centeáreas, registrado al Fº170/1934.
Posteriormente en el año 1947 estas tierras son expropiadas por el
Gobierno Nacional, subdividiéndose y formando una colonia agrícola, que
aún existe y que los hijos de los primeros colonos tratan de mantener
viva su creación y existencia, agrupándose para ello en un Club desde el
que trabajan para tal fin.
Fuentes: Dirección de
Geodesia y Archivo Municipal