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En
1839 el juzgado de 1ª Instancia a cargo del Juez Dr. Cayetano Campana
ordena al agrimensor Francisco Isach a efectuar la medición y rectificación
de las líneas de los campos
que el General Pacheco poseía en la Guardia del Salto.- Isach
inicia su tarea el 16 de Agosto de 1839, siendo las tierras compradas al
excelentísimo Gobierno y se componían de cuatro denuncias de enfiteusis
cuyas acciones eran de Pacheco y correspondían: la primera fue de Don
Geronimo Castillo, la segunda y tercera de Doña María Justa Charras y la
cuarta de Don Francisco Cabral, de ellas no se dan superficies en esta
mensura y son el origen de la propiedad de tierras del General Pacheco en
Salto.- La
enfiteusis de María Justa Charras fue otorgada por el Gobierno el 5 de
Julio de 1826, siendo de dos leguas cuadradas y el 4 de Enero de 1831 le
otorga otra media legua cuadrada en enfiteusis. De la primera la señora
Charras transfiere sus acciones al Gral. Pacheco el 12 de Setiembre de
1828 y el 10 de Junio de 1830 Don Martín Juan Quiroga en nombra de su
madre Dña. María Justa Charras, vende al Gral. Pacheco lasa acciones que
poseía sobre el segundo lote de terreno.- Luego
el señor Quiroga inicia acciones judiciales contra Pacheco pero la
justicia falla en contra de sus
demandas y ordena se escriture las tierras a nombre de Pacheco el 10 de
Octubre de 1834.- El
28 de Junio de 1826 el Presidente de la República otorgó en enfiteusis a
Don Manuel Cabral tres cuartos de legua cuadrada. El 8 de Junio de 1836
Don Francisco Cabral, hermano y heredero de Manuel, solicitó autorización
para transferir las acciones de este terreno al Gral. Pacheco, extendiéndose
la escritura de traspaso el 12 de Diciembre de 1836.- El
6 de Junio de 1827 Don Geronimo Castillo denunció un terreno que le fue
concedido en enfiteusis, siendo su área de dos leguas y 991 diez milésimas
de legua cuadrada.- El
16 de Setiembre de 1828 ante el juzgado de Salto Don Geronimo Castillo
vende las acciones de estas tierras al Coronel Federico Rauch y el 7 de
Noviembre de 1829 Doña Narciza Pérez Millán, viuda de Rauch, vende al
Gral. Pacheco las acciones que le correspondían, ante el escribano
Iranzuaga.- El
7 de Julio de 1838 el Gral. Pacheco se presenta ante el Gobierno
solicitando en compra los excesos que pudieran existir sobre todos estos
terrenos.- Por
providencia del Gobierno de fecha 14 de Octubre de 1836 se le concedió a
Pacheco en propiedad dos suertes de estancia, que se ubicaron sobre el
terreno enfiteutico, siendo su área de una legua y media cuadrada, que
descontadas daban un área de 2 leguas mas 241 milésimas de legua
cuadrada en enfiteusis.- En
Setiembre de 1832 Don Juan Macaluzi y Don Francisco Cabral se presentaron
ante la Comisión de Solares del Salto, manifestando que estaba comprobado
el derecho que les correspondía sobre unos solares y que habiéndosele
perdido su comprobante solicitaban la preferencia y el 1º de Octubre de
1836 la Comisión de Solares les mandó dar posesión. El 25 de Octubre de
1836 Don Francisco Cabral transfiere sus derechos al Gral. Pacheco.- El
18 de Setiembre de 1931 el Gral. Pacheco solicitó y obtuvo de la Comision
de Solares una suerte de chacra en el Ejido del Salto, en la confluencia
del Saladillo Chico y el Río del Salto, siguiendo aguas abajo. - El
1º de Abril de 1840 el Presidente de la Comisión de Solares certifica
que Don Federico Rauch poseía 4 suertes de chacras sobre la margen
izquierda del Saladillo dadas por esa Comisión y vendidas luego por su
viuda, junto con su estancia al Gral Pacheco.- Todos
los terrenos cedidos o comprados por Pacheco fueron medidos a su pedido en
1839, dando una superficie total de 6 leguas y 27 centésimas de legua
cuadradas, solicitando Pacheco la compra del excedente que resulto de 939
milésimas de legua cuadrada.- El
8 de Marzo de 1840 el Gobierno dona al General Pacheco 6 leguas cuadradas
entre las que debían incluirse las 2 leguas que pidió en compra y las
939 milésimas de legua cuadrada de terrenos de chacras, debiendo ubicar 3
leguas y 61 milésimas cuadradas más.- Fallecido
el Gral. Pacheco lo heredan sus hijos José, Roman, Julio, Eduardo, Pablo,
Elvira, casada con T. De Alvear y Agueda casada con Berdier.- El
11 de Marzo de 1870 Don Torcuato de Alvear transfirió por escritura
privada a favor de la testamentaria de Don Angel Pacheco 2 leguas y 626
milésimas cuadradas que había adquirido al Gobierno el 2 de Febrero de
1868, ubicadas en el Partido de Chacabuco y linderas al sud este con las
tierras de esta sucesión.- El
1º de Octubre de 1870 Don José Pacheco por si y en nombre de sus
hermanos compra por escritura publica al Gobierno de la Provincia, en el
Partido de Chacabuco, 11 leguas cuadradas mas 2638 diez milésimas de otra
legua cuadrada.- Por
acuerdos privados de las partes todos estos terrenos entraron en la masa
de los bienes testamentarios.- El
19 de Octubre de 1870 el Juez de 1ª Instancia Dr. Miguel G. Fernández
comisiona al agrimensor Justiniano Lynch para, mensurar y dividir los
terrenos de los herederos del General Pacheco, mas los bienes incorporados
posteriormente a la testamentaria.- El
total de la superficie de terrenos propiedad de los herederos dentro del
ejido de Salto fue de 2.565 H. 1da. 6ª. 55m2 o sea 9501 diez milésima de
legua cuadrada y el resto incluidos los partidos de Salto y
Chacabuco 56.900 H. 8da. 5ª. O sea 21 leguas cuadradas.- Los
herederos hicieron diversos acuerdos para la perfecta división de los
bienes sin tener que recurrir a los tribunales.- El
área total seria dividida en 7 lotes de igual superficie teniendo en
cuenta en lo posible la igual clase de campo, y esos 7 lotes serian
distribuidos a los 7 herederos: Elvira, Agueda, José, Roman, Eduardo,
Julio y Pablo Pacheco.- Don
Roman y Don Julio tendrían el privilegio de ser ubicados donde se
hallaban sus establecimientos principales con sus puestos.- Don
Torcuato de Alvear en representación de su esposa, Doña Elvira, tendría
su lote en el campo que ya poseía, pero teniendo en cuenta la
inferioridad del campo que se le adjudicaba la testamentaria le transfería
una legua cuadrada del lote correspondiente a Doña Agueda Pacheco de
Berdier. Don
Eduardo tomaría su lote en donde se halla su establecimiento principal
"Las Gemelas"; Don Pablo en "Dolores" y el "Huncal"
y Doña Agueda en "La Paloma", todos estos según proyecto de
ubicación previamente acordado.- Don
José por convenio privado transfirió a Eduardo media legua cuadrada, a
Doña Agueda 1 legua mas 4996 diez milésimas cuadradas y a Roman 1 legua
cuadrada más 112 diez milésimas con arreglo a la ubicación acordada.- De
todo esto quedó para Elvira 10.828 H. 5da. 3ª. 41 m2. Pablo
8.128 H. 6da. 9ª. 25 m2. Eduardo
9.478 H. 6da. 1ª. 33 m2. Roman
8.128 H. 6da. 9ª. 25 m2. Julio
8.128 H. 6da. 9ª. 25 m2. Agueda
9.477 H. 5da. 46 m2. Dentro
del Partido de Salto quedaron ubicadas las propiedades de Eduardo, Julio y
Agueda.- Fuentes:
Dirección de Geodesia de la Provincia de Bs. As. Agrimensor Edgardo Delqui Segade
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