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Reales Cédulas |
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Documento Histórico facilitado por el Dr. Enrique César Virto
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Reales
cédulas de 1760, 1768, 1774 y 1777 reiteraron la de 1753 sosteniendo que
el medio adecuado para contener al indio era la fundación de pueblos en
la frontera, lo cual no se hacía. Por
lo extenso no transcribo estas reales cédulas, que evidencian que ningún
pueblo había sido fundado, claro está que en mi concepto en el sentido
jurídico de la voz. Dice
Juan Jorge Cabodi (ob.cit. pg. 84) “Vemos que todas las reales cédulas
son coincidentes en la preferencia de fundar pueblos a establecer fuertes,
siendo -¡cuando no!- de orden económico, la razón para que prevalezca
aquel criterio. Los fuertes eran costosos y debían ser una carga
permanente mientras que los pueblos, después de un período en que debían
subsistir con arbitrio del ramo de guerra, podrían cumplir el mismo
objetivo de aquellos, sin que fuera necesario mantener en los mismos compañías
pagas”. Y
más adelante dice: “Debía corresponder a Vértiz el dar principio a
esos pueblos”.
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