General Pacheco
En 1839 el juzgado de 1ª Instancia a cargo del Juez Dr. Cayetano Campana ordena al agrimensor Francisco Isach a efectuar la medición y rectificación de las líneas de los campos que el General Pacheco poseía en la Guardia del Salto.
Isach inicia su tarea el 16 de Agosto de 1839, siendo las tierras compradas al excelentísimo Gobierno y se componían de cuatro denuncias de enfiteusis cuyas acciones eran de Pacheco y correspondían: la primera fue de Don Gerónimo Castillo, la segunda y tercera de Doña María Justa Charras y la cuarta de Don Francisco Cabral, de ellas no se dan superficies en esta mensura y son el origen de la propiedad de tierras del General Pacheco en Salto.
La enfiteusis de María Justa Charras fue otorgada por el Gobierno el 5 de Julio de 1826, siendo de dos leguas cuadradas y el 4 de Enero de 1831 le otorga otra media legua cuadrada en enfiteusis. De la primera la señora Charras transfiere sus acciones al Gral. Pacheco el 12 de Setiembre de 1828 y el 10 de Junio de 1830 Don Martín Juan Quiroga en nombre de su madre Dña. María Justa Charras, vende al Gral. Pacheco las acciones que poseía sobre el segundo lote de terreno.
Luego el señor Quiroga inicia acciones judiciales contra Pacheco pero la justicia falla en contra de sus demandas y ordena se escriture las tierras a nombre de Pacheco el 10 de Octubre de 1834.
El 28 de Junio de 1826 el Presidente de la República otorgó en enfiteusis a Don Manuel Cabral tres cuartos de legua cuadrada. El 8 de Junio de 1836 Don Francisco Cabral, hermano y heredero de Manuel, solicitó autorización para transferir las acciones de este terreno al Gral. Pacheco, extendiéndose la escritura de traspaso el 12 de Diciembre de 1836.
El 6 de Junio de 1827 Don Gerónimo Castillo denunció un terreno que le fue concedido en enfiteusis, siendo su área de dos leguas y 991 diez milésimas de legua cuadrada.
El 16 de Setiembre de 1828 ante el juzgado de Salto Don Gerónimo Castillo vende las acciones de estas tierras al Coronel Federico Rauch y el 7 de Noviembre de 1829 Doña Narcisa Pérez Millán, viuda de Rauch, vende al Gral. Pacheco las acciones que le correspondían, ante el escribano Iranzuaga.
El 7 de Julio de 1838 el Gral. Pacheco se presenta ante el Gobierno solicitando en compra los excesos que pudieran existir sobre todos estos terrenos.
Por providencia del Gobierno de fecha 14 de Octubre de 1836 se le concedió a Pacheco en propiedad dos suertes de estancia, que se ubicaron sobre el terreno enfitéutico, siendo su área de una legua y media cuadrada, que descontadas daban un área de 2 leguas más 241 milésimas de legua cuadrada en enfiteusis.
En Setiembre de 1832 Don Juan Macaluzi y Don Francisco Cabral se presentaron ante la Comisión de Solares del Salto, manifestando que estaba comprobado el derecho que les correspondía sobre unos solares y que habiéndosele perdido su comprobante solicitaban la preferencia y el 1º de Octubre de 1836 la Comisión de Solares les mandó dar posesión. El 25 de Octubre de 1836 Don Francisco Cabral transfiere sus derechos al Gral. Pacheco.
El 18 de Setiembre de 1931 el Gral. Pacheco solicitó y obtuvo de la Comisión de Solares una suerte de chacra en el Ejido del Salto, en la confluencia del Saladillo Chico y el Río del Salto, siguiendo aguas abajo.
El 1º de Abril de 1840 el Presidente de la Comisión de Solares certifica que Don Federico Rauch poseía 4 suertes de chacras sobre la margen izquierda del Saladillo dadas por esa Comisión y vendidas luego por su viuda, junto con su estancia al Gral. Pacheco.
Todos los terrenos cedidos o comprados por Pacheco fueron medidos a su pedido en 1839, dando una superficie total de 6 leguas y 27 centésimas de legua cuadradas, solicitando Pacheco la compra del excedente que resulto de 939 milésimas de legua cuadrada.
El 8 de Marzo de 1840 el Gobierno dona al General Pacheco 6 leguas cuadradas entre las que debían incluirse las 2 leguas que pidió en compra y las 939 milésimas de legua cuadrada de terrenos de chacras, debiendo ubicar 3 leguas y 61 milésimas cuadradas más.
Fallecido el Gral. Pacheco lo heredan sus hijos José, Román, Julio, Eduardo, Pablo, Elvira, casada con T. De Alvear y Águeda casada con Berdier.
El 11 de Marzo de 1870 Don Torcuato de Alvear transfirió por escritura privada a favor de la testamentaria de Don Ángel Pacheco 2 leguas y 626 milésimas cuadradas que había adquirido al Gobierno el 2 de Febrero de 1868, ubicadas en el Partido de Chacabuco y linderas al sud este con las tierras de esta sucesión.
El 1º de Octubre de 1870 Don José Pacheco por sí y en nombre de sus hermanos compra por escritura pública al Gobierno de la Provincia, en el Partido de Chacabuco, 11 leguas cuadradas más 2638 diez milésimas de otra legua cuadrada.
El 19 de Octubre de 1870 el Juez de 1ª Instancia Dr. Miguel G. Fernández comisiona al agrimensor Justiniano Lynch para, mensurar y dividir los terrenos de los herederos del General Pacheco, más los bienes incorporados posteriormente a la testamentaria.
El total de la superficie de terrenos propiedad de los herederos dentro del ejido de Salto fue de 2.565 H. 1da. 6ª. 55m2 o sea 9501 diez milésima de legua cuadrada y el resto incluidos los partidos de Salto y Chacabuco 56.900 H. 8da. 5ª. O sea 21 leguas cuadradas.
Los herederos hicieron diversos acuerdos para la perfecta división de los bienes sin tener que recurrir a los tribunales.
El área total seria dividida en 7 lotes de igual superficie teniendo en cuenta en lo posible la igual clase de campo, y esos 7 lotes serian distribuidos a los 7 herederos: Elvira, Águeda, José, Román, Eduardo, Julio y Pablo Pacheco.
Don Román y Don Julio tendrían el privilegio de ser ubicados donde se hallaban sus establecimientos principales con sus puestos.
Don Torcuato de Alvear en representación de su esposa, Doña Elvira, tendría su lote en el campo que ya poseía, pero teniendo en cuenta la inferioridad del campo que se le adjudicaba la testamentaria le transfería una legua cuadrada del lote correspondiente a Doña Águeda Pacheco de Berdier.
Don Eduardo tomaría su lote en donde se halla su establecimiento principal "Las Gemelas"; Don Pablo en "Dolores" y el "Huncal" y Doña Águeda en "La Paloma", todos estos según proyecto de ubicación previamente acordado.
Don José por convenio privado transfirió a Eduardo media legua cuadrada, a Doña Águeda 1 legua más 4996 diez milésimas cuadradas y a Román 1 legua cuadrada más 112 diez milésimas con arreglo a la ubicación acordada.
De todo esto quedó para:
*Elvira 10.828 H. 5da. 3ª. 41 m2.
*Pablo 8.128 H. 6da. 9ª. 25 m2.
*Eduardo 9.478 H. 6da. 1ª. 33 m2.
*Román 8.128 H. 6da. 9ª. 25 m2.
*Julio 8.128 H. 6da. 9ª. 25 m2.
*Águeda 9.477 H. 5da. 46 m2.
Dentro del Partido de Salto quedaron ubicadas las propiedades de Eduardo, Julio y Águeda.
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Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires.
Agrimensor: Edgardo Delqui Segade
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- Don Diego Barruti.
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General Pacheco.
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